Conflictos de interés y financiación
Los autores, revisores y editores deben declarar cualquier relación financiera o no financiera que pueda influir, o ser percibida razonablemente como influyente, en la investigación, evaluación o decisión editorial.
Los conflictos de interés pueden incluir relaciones laborales, consultorías, honorarios, participación accionaria, patentes, financiación, viajes, relaciones personales, competencia académica o funciones institucionales relacionadas con el manuscrito. La existencia de un conflicto no implica automáticamente el rechazo, pero debe declararse y gestionarse con transparencia.
Todos los manuscritos deben incluir una declaración de conflictos de interés. Cuando no existan, deberá indicarse:
“Los autores declaran no tener conflictos de interés.”
También deberán informarse las fuentes de financiación, el número de subvención cuando corresponda y la participación del financiador en el diseño, recolección y análisis de datos, interpretación de resultados, redacción del manuscrito y decisión de publicarlo. Cuando el trabajo no haya recibido financiación específica, deberá declararse expresamente.
Los revisores y editores deberán abstenerse de participar cuando exista un conflicto que pueda comprometer su imparcialidad. La gestión adoptada será registrada en el expediente editorial.


