Aspectos Éticos

CÓDIGO DE ÉTICA EN EL PROCESO EDITORIAL

Deberes, responsabilidades de Editores y del Consejo Editorial

  • Verificar la confidencialidad de los datos de los autores/as en el proceso de revisión.
  • Asegurar la custodia de los textos no aceptados y el proceso para su desestimación.
  • Definir y explicitar los criterios de aceptación de los artículos para su revisión.
  • Evitar tratos de preferencia que vayan en detrimento de otros autores/as.
  • No tener conflicto de intereses en relación con los textos que se presentan.
  • No hacer ningún uso de los textos ni de los datos que en ellos se presentan, más allá de los de ser publicados.
  • Establecer criterios claros y objetivos de revisión para evitar la subjetividad de los revisores.
  • Revisar incidentes sospechosos de plagio y resolver cualquier conflicto de intereses.
  • Evaluar manuscritos sólo por su contenido intelectual, sin importar la raza, el género, la orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, la nacionalidad, o la filosofía política de los autores.

Deberes, responsabilidades de los Autores/as:

  • Originalidad: Asegurar la originalidad de los trabajos y que no hayan sido publicados en otra revista u otro medio.
  • Veracidad: Aportar datos veraces y mostrar que se han recogido de forma técnicamente correcta.
  • Plagio o autoplagio: No hacer plagio total o parcial de obras ya publicadas.
  • Autoría: Confirmar que la autoría del texto es realmente de las personas que lo firman. La condición de autor implica la participación en la realización del trabajo de investigación presentado en el manuscrito, indicando en su carta de presentación las contribuciones realizadas por todos los autores.
  • Conflicto de intereses: declarar cualquier asociación que pueda suponer un conflicto de intereses en conexión con el manuscrito postulado.
  • Literatura citada: Indicar las fuentes de información utilizadas y diferenciar las que se han utilizado de forma directa de las que se han utilizado indirectamente. Los autores son responsables de obtener los oportunos permisos para reproducir parcialmente material (texto, tablas o figuras) de otras publicaciones y de citar su procedencia correctamente.
  • No someter el manuscrito en forma simultánea con otra revista.
  • En el caso de ser aceptado el artículo, los autores deben comprometerse a hacer las modificaciones en el plazo que se haya estipulado.
  • En los casos que se considere procedente, presentar la documentación que asegura que se han seguido unos criterios éticos mínimos en la investigación, como es el consentimiento informado y aprobación del comité ético si fuera necesario.

Deberes, responsabilidades de los Revisores/as:

  • Hacer una revisión justa y objetiva de los manuscritos recibidos.
  • Exponer con claridad los argumentos de su valoración.
  • No aceptar artículos para revisar en los que pueda haber algún conflicto de intereses que limiten su objetividad (por ejemplo, ser parte interesada en la investigación que se presenta en el artículo, mantener una relación personal –parentesco...- con los autores/as del texto o estar en una situación de disputa en contra de la persona o grupo que lo presenta).
  • Mantener la confidencialidad sobre la información y los datos de los artículos evaluados.
  • Evaluar manuscritos sólo por su contenido intelectual, sin importar la raza, el género, la orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, la nacionalidad, o la filosofía política de los autores.

CÓDIGO DE ÉTICA EN EL ÁREA DE CIENCIAS DE LA SALUD Y VETERINARIA

Cuando se trate de trabajos que incluyan seres humanos, indicar si los procedimientos seguidos cumplen los estándares éticos del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) y de la declaración de Helsinki. En el caso de experimentos con animales, indicar si cumplieron con los principios básicos rectores de carácter internacional aplicables a las investigaciones biomédicas con animales, elaborados por el CIOMS y del Consejo Internacional de Ciencia y Animales de Laboratorio (ICLAS). Los ensayos clínicos en ambos casos mencionados (humanos y animales) deben explicitar en el texto que el protocolo fue aprobado por un Comité de Ética y que se obtuvo el consentimiento informado de los sujetos del estudio o de los responsables legales. En todos los casos mencionados anteriormente los autores deberán adjuntar copia de la carta de aprobación del Comité de Ética.